A lo largo de la historia innumerables ciudades han sido devastadas en medio de graves conflictos bélicos. De dicha destrucción no ha escapado parte del patrimonio cultural de la humanidad que, en muchos casos, había logrado ser preservado durante siglos. La Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado, suscrita en la Haya el 14 de mayo de 1954 (“Convención de la Haya de 1954”), es la culminación de los numerosos esfuerzos desplegados durante el siglo XX para impedir que los conflictos bélicos provoquen la destrucción de tesoros históricos o artísticos irremplazables. Un destacado papel le correspondió desempeñar en este proceso a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Chile ha depositado en la UNESCO, con fecha 11 de septiembre de 2008, el Instrumento de Adhesión a la Convención y se espera que el 11 de Diciembre ya se hayan llevado a cabo todos los trámites internos que faltan para su entrada en vigor en el plano doméstico. Sin lugar a dudas, esto planteará problemas jurídicos que aquí se enunciarán, proponiendo algunas soluciones jurídicas