La obra titulada Recepción y Aplicación del Derecho Humanitario en Chile, coloca de manifiesto la pobre e inadecuada aplicación que han tenido los Convenios de Ginebra, en nuestros Tribunales, en aquellas causas de Derechos Humanos en las cuales era procedente aplicar este Derecho, demostrándose que los mencionados tratados internacionales sí tienen aplicación en aquellos casos en que la jurisprudencia ha dicho lo contrario; la recepción y aplicación del Derecho Humanitario debería ser plena, pues este Derecho garantiza el respeto de las personas, y por ende es connatural a todo ser humano. De esta forma, el libro está dirigido tanto a los alumnos de Derecho, como a los profesionales y personas interesados en el respeto de los Derechos Humanos. El texto de la investigación se desarrolla y divide en tres capítulos: el primero de ellos trata del concepto de Derecho Humanitario; el segundo, de la recepción de las normas internacionales por los derechos estatales; y el último, de la aplicación de los Convenios de Ginebra por nuestros Tribunales. El primer capítulo tiene por objeto esclarecer el concepto de Derecho Humanitario, pues para poder hablar de su recepción y aplicación, se debe primero conocer de qué se trata este Derecho. De esta forma, se detalla en qué consiste el Derecho Humanitario, indicando sus fuentes y orígenes, su contenido material, cuál es su importancia como conjunto de normas jurídicas, en qué situaciones se aplica, a quiénes protege, y cómo se hace posible su aplicación. El capítulo segundo se refiere a la Recepción del Derecho Humanitario. Sin embargo, este tema es preciso situarlo en un marco teórico más amplio, el de las relaciones entre el Derecho Internacional y los derechos internos. Así pues, con el objeto de contextualizar la recepción del Derecho Humanitario se realiza una síntesis del debate doctrinal que ha provocado en la comunidad internacional las relaciones entre el Derecho Internacional y los derechos internos de los Estados, problema clásico del Derecho Internacional Público moderno. Luego, se hace una exposición de las diferentes técnicas que permiten la introducción de las normas jurídicas internacionales en los ordenamientos jurídicos internos, mostrando como han sido éstas utilizadas en el Derecho Comparado. Posteriormente, se concluye el capítulo examinando la evolución en Chile a este respecto, haciendo hincapié en el caso del Derecho Humanitario, como tipo específico de norma jurídica internacional. En el capítulo tercero, se hace un análisis de la aplicación de los Convenios de Ginebra –fuente material más representativa del Derecho Humanitario- por nuestros Tribunales. Ello permite tratar la discusión acerca de si, en la especie, existió o no un conflicto armado, en septiembre de 1973, incluyendo si el Estado de Sitio decretado en la época puede o no asimilarse a una situación de guerra, particularmente a propósito de la utilización de los Tribunales Militares de Tiempo de Guerra durante dicho período. Se tratan los principales Decretos Leyes dictados por la Junta Militar sobre estos tópicos y se analizan fallos atingentes al tema.